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Una dudosa morosidad que le reporta 10.000 euros

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Este año los temas de protección de datos están a la orden en día con la entrada en vigor de la GDPR. Quizás de tanto leer este asunto en los medios el ciudadano ha empezado a entender la importancia de velar por sus datos personales y, sobre todo, a ser conscientes del valor que tienen ciertos datos.

En este sentido, repasando sentencias recientes, nos hacemos eco en Legal Today de una curiosa sentencia en la que la Audiencia Provincial de Salamanca, en Sentencia de 28 de mayo de 2018, ha condenado a una operadora de telefonía a indemnizar a un cliente con una multa de 10.000 euros por haber sido incluido en un Registro de Morosos sin cumplir con la exigencias legales y jurisprudenciales establecidas.

Y es que la práctica habitual de amenazas para ser incluido en el registro de morosidad ante un impago hace que muchas personas decidan saldar la deuda sin pararse a valorar si realmente deberían hacerlo. En el caso referido, la Audiencia Provincial de Salamanca recuerda que no cabe incluir en estos registros datos personales por razón de deudas inciertas, dudosas, no pacíficas o sometidas a litigio ya que si la deuda es objeto de controversia la falta de pago no es indicativa de la insolvencia del afectado.

Además, recuerda la Audiencia que conforme a la reiterada Jurisprudencia del Tribunal Supremo sólo es pertinente la inclusión en estos ficheros de aquellos deudores que no pueden o no quieren, de modo no justificado, pagar deudas, pero no aquellos que legítimamente discrepan del acreedor respecto de la existencia y cuantía de la deuda.


Tags: sentencia

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