medico

Hace tiempo comentábamos en el blog una sentencia que se pronunciaba sobre si jugar al fútbol, en la típica liguilla de compañeros de oficina debía considerarse como tiempo de trabajo o de ocio. En esta ocasión, nos hacemos eco de una sentencia de marzo de 2020 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que recoge la editorial CEF en Laboral Social, sobre si los reconocimientos médicos, que nunca han de suponer un coste para el trabajador, deben computar como tiempo de trabajo o no.